GATT: historia, principios, rondas y su legado en la OMC

Última actualización: septiembre 18, 2025
  • El GATT estableció reglas, rondas y principios como la nación más favorecida para liberalizar el comercio de bienes.
  • En 1994 se consolidó como GATT 1994 dentro de la OMC, con protocolos y entendimientos interpretativos.
  • La OMC amplió el alcance a servicios y propiedad intelectual y reforzó la solución de diferencias.

GATT, aranceles aduaneros y comercio internacional

El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, más conocido como GATT, fue durante casi cinco décadas el gran marco de referencia del comercio mundial, un pacto que sentó las bases de la liberalización comercial y que, con el tiempo, daría paso a la Organización Mundial del Comercio. Impulsado en 1947 por poco más de una veintena de países, articuló reglas comunes, rondas de negociación y un foro para reducir aranceles y otras trabas al intercambio de mercancías.

La huella del GATT se percibe aún hoy en la arquitectura del comercio internacional: sus principios de no discriminación, reciprocidad y transparencia siguen vivos en la Organización Mundial del Comercio (OMC), que heredó y amplió su alcance a bienes, servicios y propiedad intelectual. Entender qué fue el GATT, cómo evolucionó, qué rondas celebró, qué limitaciones afrontó y cómo se integró en 1994 en la OMC es clave para comprender por qué el sistema multilateral de comercio funciona como lo hace.

Qué es el GATT y por qué fue decisivo

El GATT fue un acuerdo multilateral firmado inicialmente en 1947 como respuesta a la devastación económica de la Segunda Guerra Mundial y a los errores proteccionistas del periodo de entreguerras. Su objetivo central consistía en reducir progresivamente los aranceles, eliminar restricciones discriminatorias y crear un espacio de negociación continuo que evitara escaladas de conflictos comerciales.

Desde el arranque se concibió como un código de buena conducta entre Estados, no como una organización internacional plena. Ofrecía reglas, principios y un foro para negociar concesiones arancelarias y resolver fricciones, con la idea de que la liberalización ordenada promovía crecimiento, empleo y estabilidad.

Antecedentes: de la Gran Depresión a La Habana

En Estados Unidos, la política comercial dio un giro con la Gran Depresión. Para promover el empleo y reactivar el comercio, el Congreso aprobó en 1934 la Reciprocal Trade Agreements Act. Esa ley permitió al Ejecutivo negociar acuerdos bilaterales por tiempo limitado, abriendo la puerta a un enfoque más activo y coordinado en política comercial.

Durante los años treinta, aquellas negociaciones fueron modestas y tuvieron escaso impacto global. Ya en los cuarenta, Washington y Londres trabajaron en dos grandes ideas: una Organización Internacional de Comercio y un acuerdo multilateral temporal para bienes. La comisión preparatoria de la ONU se reunió en Londres en 1946, continuó en Ginebra en 1947 y completó la llamada Carta de Comercio Internacional en la Conferencia de La Habana a finales de ese mismo año.

El instrumento que sí prosperó fue el GATT, concebido como acuerdo provisional pero ambicioso. La versión inicial de 1947 se firmó por 23 países y arrancó operativamente en 1948, con un paquete de concesiones arancelarias que abarcaba miles de millones en comercio.

Principios y objetivos: no discriminación, aranceles a la baja y reglas claras

El GATT consagró el principio de nación más favorecida, de carácter incondicional. Si un miembro concede una ventaja comercial a otro, debe extenderla a todos los demás miembros, evitando discriminaciones y garantizando trato equitativo.

Junto a la NMF, destacaron la reciprocidad, la transparencia y la reducción arancelaria. Se favoreció la sustitución de cuotas y otras restricciones cuantitativas por aranceles, la simplificación aduanera y la eliminación de cárteles y prácticas de dumping, aunque estas últimas no desaparecieron por completo.

El acuerdo también preveía cauces para solventar fricciones. Aunque el sistema de solución de diferencias del GATT fue menos formal y vinculante que el posterior de la OMC, ya articulaba consultas, mediación y herramientas técnicas para encauzar disputas comerciales entre socios.

GATT 1947 frente a GATT 1994 e integración en la OMC

Conviene distinguir entre dos momentos. Por un lado, la versión histórica de 1947, que operó durante décadas como paraguas de rondas, reglas y recortes arancelarios. Por otro, el denominado GATT 1994, que forma parte del Acuerdo sobre la OMC y consolida el acervo del 47 junto con protocolos, decisiones y entendimientos interpretativos surgidos con los años.

El GATT 1994 integra, entre otros elementos, el texto del 30 de octubre de 1947 (con sus correcciones y modificaciones previas a la OMC), los protocolos de concesiones arancelarias y de adhesión, exenciones vigentes al amparo del artículo XXV y decisiones colectivas de las antiguas Partes Contratantes. Incluye además varios Entendimientos interpretativos clave sobre artículos II, XVII, XXIV, XXVIII y sobre balanza de pagos, así como el Protocolo de Marrakech anexo al propio GATT 1994.

Desde 1995, las referencias a parte contratante pasan a ser Miembro, y las funciones colectivas de las antiguas Partes Contratantes se asignan a la OMC o a su Conferencia Ministerial. El texto auténtico del GATT 1994 existe en español, francés e inglés, con rectificaciones terminológicas acordadas en los documentos pertinentes.

Existe además una exención específica muy singular: las medidas derivadas de una legislación imperativa previa a la adhesión al GATT 1947 que prohíba el uso de buques construidos en el extranjero en el cabotaje nacional. Esta dispensación está sujeta a examen ministerial periódico, notificaciones estadísticas anuales y posibilidad de medidas recíprocas proporcionadas por otros Miembros.

Idiomas oficiales y práctica de trabajo

En la práctica, la Secretaría y las delegaciones trabajan con tres idiomas oficiales: español, francés e inglés. Si bien el inglés domina en el día a día y una gran mayoría de documentos se redactan inicialmente en ese idioma, las tres versiones se distribuyen de forma simultánea. Además, en las reuniones formales se ofrece interpretación simultánea en los tres idiomas.

Rondas de negociación del GATT: del arranque a Doha

El motor de la liberalización fueron las rondas multilaterales. Desde Ginebra 1947 hasta la Ronda Uruguay, pasando por Annecy, Torquay, Dillon, Kennedy y Tokio, se fueron reduciendo aranceles y disciplinando barreras no arancelarias, con saltos cualitativos en cada etapa.

  • Ginebra 1947: 23 países. Entrada en vigor del GATT y fijación de principios de no discriminación, reciprocidad, transparencia y recorte arancelario.
  • Annecy 1949: 13 países. Nuevas concesiones arancelarias y continuidad del impulso inicial.
  • Torquay 1950: 38 países. Profundización de concesiones y ampliación de participantes.
  • Ginebra 1956: 26 países. Estrategia para integrar a países en desarrollo, reforzando su papel en el sistema.
  • Dillon 1962: 26 países. Recorte adicional de aranceles y consolidación de concesiones.
  • Kennedy 1967: 62 países. Reglas antidumping por primera vez y reducción generalizada por promedios, no producto a producto.
  • Tokio 1973 1979: 102 países. Disciplina de barreras no arancelarias, recortes en manufacturas y mejora del sistema GATT; proliferaron acuerdos plurilaterales y bilaterales sectoriales.
  • Uruguay 1986 1993: 123 países. Creación de la OMC, extensión a servicios y propiedad intelectual, reducción de subsidios a la exportación, límites a contingentes y refuerzo del mecanismo de solución de diferencias.
  • Doha 2001: en curso. Agenda de desarrollo con avances parciales y negociación aún inconclusa.

Durante los años sesenta, las rondas contribuyeron a un auge del comercio global gracias a rebajas arancelarias continuas. En los setenta y principios de los ochenta, con aranceles ya bajos en muchos sectores, algunos gobiernos recurrieron a medidas no arancelarias y arreglos selectivos para proteger industrias sensibles, lo que tensionó el sistema e impulsó reformas posteriores.

Alcance, límites y transición a la OMC

Aunque el GATT era un código robusto para bienes, dejaba fuera áreas decisivas como servicios, inversión o propiedad intelectual. Además, su toma de decisiones por consenso dificultaba acuerdos en ámbitos sensibles y su solución de diferencias carecía de la fuerza vinculante plena que traería la OMC.

Para superar esos límites, la comunidad internacional alumbró la OMC en 1995 como organización con personalidad jurídica, órganos, comités y un mecanismo de solución de diferencias más eficaz. La OMC extendió el perímetro regulatorio a servicios y a derechos de propiedad intelectual, manteniendo el legado del GATT para el comercio de mercancías y dotando de coherencia institucional al sistema.

También cambió el equilibrio institucional. Mientras el GATT funcionaba como un conjunto de reglas entre Estados, la OMC opera como una organización con estructura definida, mayor membresía y procedimientos claros, lo que permitió consolidar avances y gestionar mejor la heterogeneidad de intereses.

Miembros fundadores y expansión de la membresía

En el arranque, el GATT fue firmado por 24 economías de perfiles muy distintos, desde grandes potencias a países en desarrollo y economías entonces bajo la órbita socialista. Entre los firmantes iniciales figuraban Australia, Bélgica, Birmania, Brasil, Canadá, Ceilán, Chile, China, Checoslovaquia, Cuba, Estados Unidos, Francia, India, Líbano, Luxemburgo, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Pakistán, Reino Unido, Rodesia del Sur, Siria y Sudáfrica.

Para 1994, el GATT sumaba 128 miembros. La lista incluía Alemania, Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bangladesh, Barbados, Bahréin, Bélgica, Belice, Benin, Bolivia, Botswana, Brasil, Brunei Darussalam, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Canadá, Chad, Chile, Chipre, Colombia, Congo, Corea del Sur, Costa Rica, Costa de Marfil, Cuba, Dinamarca, Yibuti, Dominica, Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eslovenia, España, Estados Unidos, Fiji, Filipinas, Francia, Gabón, Gambia, Ghana, Granada, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea Bissau, Guyana, Haití, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Indonesia, Irlanda, Islandia, Islas Salomón, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Kenia, Kuwait, Lesoto, Liechtenstein, Luxemburgo, Macao, Madagascar, Malawi, Malasia, Maldivas, Malí, Malta, Marruecos, Mauritania, Mauricio, México, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nicaragua, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Pakistán, Papúa Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido, República Centroafricana, República Checa, República Dominicana, República Eslovaca, Rumanía, Ruanda, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Surinam, Suazilandia, Tanzania, Tailandia, Togo, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Uganda, Venezuela, Yugoslavia, Zaire, Zambia y Zimbabue.

Con la creación de la OMC el 1 de enero de 1995, los 75 miembros del GATT y la Comunidad Europea pasaron a ser miembros fundadores, y en los dos años siguientes ingresaron otros 52. Desde entonces, nuevos países no GATT se han incorporado, y varios siguen negociando su entrada.

Competencia leal y prácticas antidumping: el acuerdo de 1994

El régimen antidumping de la OMC, que interpreta y aplica el artículo VI del GATT 1994, establece cómo investigar, determinar y, en su caso, imponer derechos para neutralizar la venta a precios de exportación inferiores al valor normal. Solo se permiten medidas antidumping tras investigaciones conformes al acuerdo y con base probatoria sólida.

Determinación del dumping: se compara el precio de exportación con el valor normal en operaciones comerciales normales; si no hay ventas internas comparables, pueden usarse ventas a un tercer país o coste de producción más gastos y beneficios. Se prevén reglas para ventas por debajo de coste, cálculo de gastos, comparaciones equitativas, conversiones de moneda y métodos de promedio.

Daño y causalidad: la autoridad debe acreditar con pruebas positivas el aumento significativo de importaciones objeto de dumping, su efecto sobre precios y la repercusión en la rama de producción. Se valora la amenaza de daño sobre la base de hechos, se consideran otros factores y se evitan atribuciones incorrectas.

Rama de producción nacional: abarca a todos o a una proporción importante de productores del similar, con reglas para productores vinculados y mercados regionales, e implicaciones sobre el alcance de los derechos por zonas.

Procedimiento: la investigación se inicia normalmente a petición escrita, con pruebas de dumping, daño y causalidad. Hay umbrales de apoyo de la industria, verificación de información, protección de confidencialidad, derecho de defensa, muestreo cuando hay muchos agentes y plazos para responder cuestionarios.

Medidas provisionales y compromisos: se pueden aplicar derechos o garantías provisionales tras una determinación preliminar positiva, por un periodo limitado. El exportador puede ofrecer compromisos de precios que eliminen el efecto perjudicial; su aceptación no es obligatoria para la autoridad y conlleva seguimiento.

Derechos, cuantía y devolución: el derecho no puede superar el margen de dumping y puede fijarse por debajo si basta para eliminar el daño. Se prevén devoluciones por exceso, reglas para no investigados individualmente y exámenes acelerados para nuevos exportadores.

Retroactividad: en casos tasados, cabe percibir derechos de forma retroactiva hasta 90 días antes de medidas provisionales, por ejemplo ante importaciones masivas que socaven el efecto reparador del derecho.

Duración y exámenes: los derechos duran lo necesario para contrarrestar el dumping y, salvo revisión, caducan a los cinco años. Cualquier parte puede solicitar examen; si el derecho deja de estar justificado, se suprime.

Transparencia y revisión judicial: deben publicarse avisos y explicaciones detalladas de determinaciones; los Miembros mantendrán tribunales o procedimientos independientes para revisar decisiones definitivas y exámenes.

Cooperación, tercer país y desarrollo: se prevén casos de medidas a favor de un tercer país, consultas, un Comité de Prácticas Antidumping y atención especial a intereses de países en desarrollo antes de imponer derechos que afecten a sus intereses fundamentales.

Solución de diferencias: las disputas se rigen por el Entendimiento sobre Solución de Diferencias, con grupos especiales que valoran hechos con deferencia razonable a la autoridad investigadora si la evaluación fue imparcial y objetiva, e interpretan el acuerdo con las reglas consuetudinarias del derecho internacional público.

Disposiciones finales y anexos: no pueden adoptarse medidas específicas contra el dumping fuera del marco del GATT 1994 y del acuerdo antidumping; se incluyen procedimientos para verificaciones in situ y pautas sobre mejor información disponible cuando una parte no coopera adecuadamente.

Comparativa GATT y OMC: estructura y alcance

El GATT era un conjunto de reglas entre gobiernos, sin una base institucional robusta. La OMC, en cambio, es una organización con órganos definidos, un Consejo de Comercio de Mercancías que vela por el GATT y comités especializados que tratan agricultura, acceso a mercados, antidumping y otras materias.

La OMC amplió el perímetro regulatorio. Del comercio de bienes se pasó a cubrir también servicios y propiedad intelectual, y se perfeccionó la solución de diferencias para que las decisiones sean más previsibles y ejecutables.

Retos y desequilibrios del sistema GATT

Aunque el GATT fue un éxito notable, no estuvo exento de problemas. El enfoque en aranceles dejó lagunas en servicios, inversión y propiedad intelectual; el requisito de consenso dificultó avanzar en áreas sensibles y la transparencia y previsibilidad fueron incompletas en algunos frentes.

Además, el mecanismo de disputas del GATT careció del carácter plenamente vinculante actual, lo que prolongó ciertos conflictos. La asimetría entre países desarrollados y en desarrollo también limitó su influencia en negociaciones, pese a las disposiciones para favorecer su participación.

En diversas rondas, especialmente Tokio, proliferaron arreglos sectoriales y acuerdos bilaterales que fragmentaron el terreno de juego. La OMC buscó recomponer esa coherencia mediante un enfoque multilateral más abarcador, heredando lo útil del GATT y rehaciendo lo que hacía falta.

Recursos prácticos y herramientas para operar en mercados exteriores

La complejidad del marco multilateral se traduce para la empresa en riesgos y oportunidades. Disponer de liquidez, gestionar pagos y cobros internacionales y proteger el riesgo de divisa son palancas básicas para aprovechar el sistema que nació con el GATT y hoy vertebra la OMC.

Existen productos financieros que pueden facilitar esa operativa: un anticipo de exportaciones agiliza tesorería y es compatible con distintos medios de cobro; la financiación de importaciones mejora liquidez y relación con proveedores; y los préstamos en divisas permiten financiarse en otras monedas con el asesoramiento adecuado.

Para profundizar en el marco normativo, es útil consultar fuentes primarias. El texto oficial del GATT de 1947 puede descargarse desde la web de la OMC a través de este enlace: texto oficial del GATT 1947.

El GATT proporcionó el armazón de reglas y el impulso negociador que permitieron reducir aranceles, ordenar el comercio de bienes y abrir el paso a la OMC. La organización nacida en 1995 consolidó ese legado, amplió el alcance regulatorio y reforzó la resolución de disputas, manteniendo vivos principios como la nación más favorecida y la transparencia, y dotando al comercio internacional de un marco más estable y previsible.

que son los aranceles
Artículo relacionado:
Qué son los aranceles: tipos, historia y cómo afectan al comercio internacional